Resolución N° 069 de Agosto 14 de 2018 (Consejo Académico)
"Por medio de la cual se reglamenta el programa académico transitorio de retorno en los proyectos curriculares de pregrado y postgrado de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas"
Procedimientos de inscripción, reingreso y matrícula artículo 10°.- inscripción, reingreso y matrícula, en la situación 1.
Para los estudiantes inactivos y no graduados de los programas curriculares de pregrado de la Universidad, inmersos en la situación 1 del Artículo 2° de la presente Resolución, deberán seguir los siguientes procedimientos:
a. Presentar solicitud escrita ante la respectiva Decanatura de Facultad, especificando el proyecto curricular al cual estuvo vinculado en la Universidad o el proyecto curricular equivalente con registro calificado vigente, al cual aspira integrarse.
b. Estudiada y aprobada la solicitud, el aspirante deberá comprar el formulario de reingreso y llevar a cabo el procedimiento indicado por el respectivo Consejo de Facultad en las fechas establecidas que para ello se fije en el cronograma especial de actividades.
c. Seleccionado el aspirante deberá pagar los derechos pecuniarios fijado por el Consejo Superior Universitario en el Acuerdo N° 010 de mayo 17 de 2018, Artículo 3°, literal a).
d. Oficializar la matricula ante el respectivo proyecto curricular.
Procedimiento de inscripción, reingreso y matrícula para las situaciones 2, 3 o 4.
Para los estudiantes inactivos y no graduados de los programas curriculares de pregrado y de postgrado de la Universidad, que se encuentran en las situaciones 2, 3 o 4 del Artículo 2° de la presente Resolución, deberán seguir los siguientes procedimientos:
a. Presentar solicitud escrita ante la respectiva Decanatura de Facultad, especificando el proyecto curricular al cual estuvo vinculado en la Universidad o el proyecto curricular equivalente con registro calificado vigente, al cual aspira integrarse.
b. Estudiada y aprobada la solicitud, el aspirante deberá comprar el formulario de reingreso y llevar a cabo en las fechas establecidas el procedimiento indicado en el Calendario Académico expedido por el Consejo Académico de la Universidad para los programas de pregrado y postgrado.
c. Seleccionado y una vez autorizada la vinculación al Programa Académico Transitorio de Retorno, se generará el recibo de pago de matrícula correspondiente, cancelando los derechos pecuniarios que se establecen en el Acuerdo O de mayo 17 de 2018 del Consejo Superior Universitario, Artículo 3°, litera es b.) y c.).
d. Oficializar la matrícula ante el respectivo proyecto curricular.